La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible un recurso de amparo introducido contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) que pedía la publicación de manera detallada de los resultados de las elecciones presidenciales del 28J.
La acción la introdujeron los dirigentes políticos, Andrés Giussepe, José Luis Ibrahim Este, Yul Yabour, Carlos Ojeda, Óscar Figuera, Eduardo Sánchez, Juan Barreto y Enrique Márquez a través de la abogada María Alejandra Díaz Marín.
Los magistrados que revisaron el documento lo calificaron como «temerario».
El TSJ también estableció una serie de sanciones contra la abogada María Alejandra Díaz que fue la responsable de introducir el documento.
Se impuso una multa de equivalente a 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecido por el BCV y que deberá pagar en un lapso de cinco días.
Además, se ordena al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados que de «manera perentoria inicie el respectivo procedimiento disciplinario a fin de aplicar la sanción que corresponda a dicha abogada».
Díaz queda suspendida temporalmente de sus funciones profesionales hasta que culmine con el procedimiento disciplinario.
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